Septiembre 19 de 2022

Financiamiento para adquisición, construcción, refacción, ampliación o terminación de la primera vivienda
¿Quiénes pueden acceder al crédito?
Personas físicas calificadas por una IFI (Institución Financiera Intermediaria) como sujeto de crédito, sean estas asalariadas, profesionales independientes, comerciantes o microempresarios que posean ingresos globales familiares que no superen 7 salarios mínimos. (2.289.324 x 7 = 16.025.268 | 2.289.324 x 4 9.157.296) Si superan este monto ya califican para otro tipo de crédito que es MI CASA y tiene tasas variables, sin montos fijos
Para los microempresarios se considerará el ingreso neto disponible mensual, que será el resultado del análisis microempresarial realizado por la IFI y deberá ser equivalente a un máximo de 7 salarios mínimos.
A efectos de este Producto, se considera como sujeto de crédito (solicitante/prestatario final) al deudor principal, incluyendo a su cónyuge o concubino en su caso, y quienes no deberán poseer vivienda. En caso de que posean vivienda edificada, califican ya para una tasa mayor o para otro tipo de crédito, dependiendo del análisis bancario
El monto de la cuota mensual del prestatario final no podrá ser superior al 40% del ingreso individual o global familiar. Entendiéndose ingreso global familiar, a la suma de los ingresos de los firmantes del crédito, los que podrán ser cónyuges o concubinos, pudiéndose además sumar los ingresos de padres, hijos y hermanos de cualquiera de los deudores principales, quienes deberán firmar como codeudores de la operación. (Esto depende también de la entidad bancaria, hay algunos que permiten cierto grado de consanguineidad y otros solo unión matrimonial, conyugal o de hecho) 
¿Qué se puede financiar con el producto?
• Compra de vivienda terminada.
• Compra de vivienda y terminación/refacción.
• Compra de vivienda en pre-venta (en plano o en pozo).
• Construcción de vivienda (proyecto nuevo en inmueble propio sin edificación).
• Compra de terreno y construcción de vivienda (proyecto nuevo en inmueble sin edificación).
• Refacción, ampliación y terminación de vivienda.
 
¿Cuáles son los beneficios del producto?
- Se puede financiar hasta el 100% del valor del proyecto, con un máximo de Gs. 343.500.000 y hasta un 80% si el monto es mayor o hasta Gs 595.500.000 según los ingresos del solicitante, en función al valor de tasación, valor de carta oferta y/o valor de presupuestos, según corresponda.
 
Los plazos son adecuados a cada proyecto, conforme garantías ofrecidas:
 
- El plazo máximo de financiamiento es de 20 años con garantía hipotecaria y de 30 años con garantía fiduciaria.
- Préstamos inferiores o iguales a Gs. 100 millones que sean a sola firma, podrán otorgarse hasta 7 años de plazo.
Las garantías son fijadas por la Institución Financiera Intermediaria y conforme a las Regulaciones del Banco Central del Paraguay o del Instituto Nacional de Cooperativismo. No obstante, para montos superiores a Gs.100 millones, y/o de un plazo superior a 7 años, no podrán ser inferiores a:
•    Garantía hipotecaria de primer rango sobre el inmueble cuyo valor de tasación sea como mínimo el 100% del monto a ser desembolsado.
•    Garantía fiduciaria sobre inmuebles libres de gravamen y/o restricciones y cuyo valor de tasación sea como mínimo el 100% del monto a ser desembolsado.
El monto del préstamo no tiene que ser mayor al 40 % de tus ingresos y tus deudas totales incluyendo el préstamo no tienen que ser superiores al 50% de los ingresos, o sea que para calificar solo tendrías que tener 10% de deudas mensuales, por ej si tus deudas son iguales al 20% de tus ingresos, tus cuotas no pueden ser mayores a lo equivalente al 30% de tus ingresos
 
¿Cómo se paga y en qué moneda se otorga el crédito?
Cuotas mensuales que deberán incluir capital, interés e IVA. Se admitirán refuerzos y pagos extraordinarios de capital.
Los créditos serán otorgados exclusivamente en moneda local.
 
¿Cómo se determina la tasa de interés del crédito?
El cálculo de la tasa de interés final resulta de: Tasa AFD + Margen de la IFI. Este margen es establecido por cada Institución Financiera Intermediaria.
 
Para este producto ya se encuentran establecidas las tasas máximas por rango de ingresos, según el siguiente detalle:
 
Condiciones
Para prestatarios finales que posean ingresos hasta 4 salarios mínimos | Tasa AFD 4,0% Tasa Máxima IFIs. 6,9%
Para prestatarios finales que posean ingresos de más de 4 y hasta 7 salarios mínimos | Tasa AFD 5,0% Tasa Máxima IFIs. 8,9%
 
Esta tasa será revisada cada 5 años, contado a partir del reembolso de la AFD a la IFI, pudiendo ser reajustada a la tasa del producto vigente al momento de la revisión.
¿Cómo se solicita el crédito?
Presentando la solicitud de crédito con fondos de la AFD a través de cualquiera de las Instituciones Financieras habilitadas en el listado de nuestra web, y para conocer más datos sobre requisitos, plazos y tasas, puede acercarse a una de ellas.
 
Para los proyectos que cuenten con Póliza de Caución a Primer Requerimiento (Compra de Vivienda en pre-venta)

Esta fianza se emitirá antes del inicio de la fase constructiva y hasta la inscripción en la Dirección General de Registros Públicos (DGRP) de la transferencia del inmueble a nombre del prestatario final y la constitución de la garantía hipotecaria o fiduciaria a favor de la IFI.
 
La póliza de caución garantiza al “comprador-prestatario-tomador” frente al “banco-prestamista-asegurado” el compromiso (cobertura) de que si el desarrollador/constructor no finalizase la ejecución de la vivienda en el plazo establecido y condiciones estipuladas, el asegurador devolverá al banco el saldo insoluto del préstamo.
 
La cobertura de la póliza finaliza una vez inscripto el inmueble a nombre el prestatario final en la DGRP y la constitución de la garantía hipotecaria o fiduciaria a favor de la IFI, transformándose el crédito a sola firma en crédito con garantía hipotecaria o fiduciaria.
 
La IFI endosará en garantía a favor de la AFD la Póliza de Caución bajo el Modelo de Garantía de Póliza de Caución a Primer Requerimiento, para lo cual suscribirá un contrato de prenda en garantía, constituyéndose la IFI en depositaria de la póliza que obrará en su poder.
 
Una vez culminada la obra, se transfiere la titularidad del inmueble al prestatario final y se constituye la garantía hipotecaria o fiduciaria a favor de la IFI.
 
En el caso que la IFI reporte un siniestro, entendiéndose por ello la falta de entrega de la vivienda en los plazos y condiciones pactadas con el tomador, ésta se encargará de la ejecución de la póliza, para lo cual precisará del endoso por parte de la AFD para la liberación de la póliza otorgada en garantía. En tal caso, la AFD podrá requerir a la IFI la cancelación del saldo adeudado, como requisito previo para la liberación de la póliza.
 

 

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